La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, comunica que la Tasa de Interés moratorio para liquidar las obligaciones administradas por Entidad para el trimestre del 01 de enero al 31 de marzo de 2017, será del 31.51% efectivo anual.
Esto con fundamento en el artículo 635 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 279 de la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016.
La tasa de interés moratorio se determinó con base en la certificación expedida el pasado 26 de diciembre de 2016 por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la tasa de usura en las modalidades de crédito de consumo, la cual fue de 33.51% efectivo anual.
En consecuencia, y teniendo en cuenta lo establecido por el artículo 635 del Estatuto Tributario, a ésta tasa se le restaron dos (2) puntos, dando como resultado 31.51% efectivo anual.
Compartir esta noticia Según las cifras reportadas por la Superintendencia de Sociedades, los ingresos operacionales ascendieron a $505,7 billones en 2016, frente a los $481,3 billones del 2015. Las ventas...
Ver Mas
Compartir esta noticia Doce candidatos a las curules de Paz por la Circunscripción Especial del Cesar completan más de 72 horas encadenados a las afueras de la Registraduría de Valledupar...
Ver Mas
Compartir esta noticia Fuentes de la Policía Nacional confirmaron que desde hace tres días se adelanta una operación sostenida contra José Gonzalo Sánchez, alias Gonzalito, uno de los jefes del...
Ver Mas
Compartir esta noticia Como parte de su directiva de austeridad presupuestal, el Presidente Iván Duque también redujo su esquema personal de seguridad en un 17,4 por ciento. “Lo que nosotros...
Ver Mas