Aborto sigue tal como estaba: Corte Constitucional se declara inhibida

Mar 3 2020 07:49 am 0
Compartir esta noticia

El aborto en Colombia se mantendrá igual que en los últimos 14 años. La Corte Constitucional no decidió de fondo la demanda que pedía penalizar por completo el aborto y eliminar las tres causales

Pero además, la Corte derrotó la ponencia que presentó el magistrado Alejandro Linares en la que, contrario a los intereses de la demandante, pedía liberalizar el aborto para descriminalizar este práctica, por lo menos en el primer trimeste para que las mujeres pudieran interrumpir su embarazo solo por su voluntad en ese tiempo. De allí en adelante, Linares propuso mantener las causales.

Como Linares fue derrotado, la ponencia pasará al magistrado Antonio José Lizarazo que deberá exponer en el fallo lo que decidió la mayoría de magistrados: inhibirse.

Por seis votos contra tres, la mayoría de la Corte Constitucional determinó que se declaraba inhibida ya que, según consideró el alto tribunal, la demanda era inepta, es decir, no cumplía con todos los requisitos para poder hacer un análisis y pronunciamiento de fondo.

A favor de la ponencia de Linares, además de él, estaban Alberto Rojas Ríos y José Fernando Reyes Cuartas,quienes afirmaron que el alto tribunal debió haber ido más allá, evaluar de fondo el tema, y despenalizar el aborto para proteger los derechos de las mujeres. En contra, estuvieron las tres magistradas del alto tribunal Cristina Pardo, Diana Fajardo, Gloria Ortiz, y los magistrados Antonio José Lizarazo, Guillermo Guerrero y Carlos Bernal porque consideraron que en este caso la demanda no cumplía con los requisitos para volver a evaluar este asunto, ni para debilitar la cosa juzgada.

Según la mayoría de magistrados, “la ausencia de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos de inconstitucionalidad” que formuló Bernal contra el artículo 122 llevaron a que el alto tribunal se declarara inhibido.

Y es que la demanda de la abogada Natalia Bernal Cano pedía tumbar las causales que permite el aborto en tres casos desde el 2006: riesgo para la vida o la salud física o mental de la madre, violación, o malformación del feto.

Bernal pedía tumbar la interpretación que la Corte hizo del artículo 122 del Código penal, que es el que castiga el aborto cuando se realiza por fuera de los casos permitidos con hasta cuatro años y medio de prisión. Es decir, la abogada le había pedido a la Corte tumbar la decisión con la que avaló el aborto en los tres casos anteriormente mencionados.

Según Bernal, admitir el aborto, así fuera en esas causales excepcionales, ponía en riesgo la vida, la dignidad, la salud, la integridad física y psicológica tanto de la madre gestante como de su hijo o hija por nacer.

Para la mayoría de la Corte, Bernal no presentó argumentos suficientes para desvirtuar la cosa juzgada. Así, para la Corte cuando se interponen demandas que busquen cambiar la cosa juzgada deben existir “razones poderosas que justifiquen que se vuelva a analizar una norma que ya fue objeto de control constitucional”.

Pero además, para la Corte la demanda de Bernal no cumplió con los requisitos de certeza, porque se basó en subjetividades. Tampoco con la especificidad, ya que consideraron que los argumentos de la abogada eran “genéricos y excesivamente vagos”. La Corte, también dice que el recurso tampoco tenía pertinencia, porque no planteó un problema de constitucionalidad sino de “conveniencia o corrección de la norma interpretada”.

Y es que para la Corte, la evidencia empírica que llevó Bernal se construyó a partir de “concepciones personales, como fotografías, material audiovisual, literatura y entrevistas a terceros”.

En este caso, dice la Corte, su demanda tampoco es suficiente porque sus razones no generaban dudas sobre la inconstitucionalidad del condicionamiento que hizo el alto tribunal en el 2006, con el que avaló las tres causales para abortar. Finalmente, la Corte consideró que su demanda no era clara porque no guardaba coherencia argumentativa.

Tras conocerse el fallo, organizaciones de mujeres afirmaron que lo importante es que la Corte no retrocedió y mantuvo las causales protegidas. En todo caso, dijeron, seguirán insistiendo en buscar la despenalización total de este delito.

También se pronunció el presidente Iván Duque, quien dijo que siempre ha sido “provida” y que recibía con tranquilidad que la Corte haya mantenido su jurisprudencia en las tres causales excepcionales, pues considera que la vida se da desde la concepción.


Compartir esta noticia