Procuraduría logró que indemnización de predio expropiado en Barranquilla se redujera en $45.769 millones

Ago 14 2019 07:37 am 0
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Exhortó a los consejos seccionales de la Judicatura y a los jueces civiles del país, a adelantar acciones que eviten el pago de avalúos e indemnizaciones exorbitantes que comprometen los recursos públicos. 

 

La Procuraduría General de la Nación logró que Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla ordenara que la indemnización por la expropiación de un predio utilizado en explotación minera en Puerto Colombia, Atlántico, disminuyera en más de $45 mil millones.

La intervención del Ministerio Público ante la Sala de Decisión Civil-Familia del Tribunal permitió que el pago por indemnización que debía hacer la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI-, a la propietaria del predio, bajara de más de $13.278 millones a $8.302’698.385, lo que representó un ahorro de más de $4.875 millones de pesos, frente a la suma que había fijado el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Barranquilla, en primera instancia.

Así mismo, el tribunal acogió la solicitud del órgano de control y revocó el reconocimiento por concepto de lucro cesante, que el juzgado había estimado en $40.894.399.140.

Con esta intervención del Ministerio Público, el Estado, representado por la ANI, se ahorró más de $45.760 millones.

El Ministerio Público también logró que se derogaran las órdenes del fallo de primera instancia para la construcción de obras del corredor Cartagena – Barranquilla y Circunvalar de La Prosperidad, que deberían adelantarse en la propiedad expropiada.

Control a avalúos e indemnizaciones

El Ministerio Público al revisar un informe de la ANI advirtió que, al parecer, en los procesos de expropiación se podrían estar reconociendo de manera irregular avalúos e indemnizaciones que comprometen los recursos públicos.

Para hacer frente a esa situación el ente de control expidió el Memorando 001 y exhortó a los consejos secciónales de la Judicatura y a los jueces civiles del circuito del país, a adelantar acciones que eviten el pago de avalúos e indemnizaciones exorbitantes en procesos de expropiación.

Hizo un llamado a adoptar las medidas necesarias tendientes a prevenir, corregir, y disciplinar situaciones como las advertidas, en defensa de la legalidad, el debido proceso, las garantías y derechos de los sujetos procesales, particularmente, del patrimonio público.

Así mismo, señaló siete referencias técnicas que deben ser tenidas en cuenta a la hora de categorizar los montos de avalúo, entre ellas, el decreto de oficio de un tercer dictamen adicional, frente a los avalúos presentados por las partes; la designación de dos peritos para determinar el monto de la indemnización y sus componentes, el respeto del orden de la lista de auxiliares de la justicia para designar los peritos y la aplicación del interés del 6% anual al que hace referencia el Código Civil sobre el valor del inmueble a la hora de determinar la indemnización.

El Ministerio Público recordó que es indispensable que en los trámites judiciales exista un sano balance entre la reparación justa y la protección de los recursos públicos que podrían estar gravemente comprometidos, cuando las compensaciones reconocidas se apartan de los parámetros legales y jurisprudenciales vigentes.


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