En ejercicio de su función de control, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios multó con $6.500 millones a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado y Aseo de Barranquilla (Triple A) por incluir costos administrativos en las tarifas cobradas a los usuarios en Barranquilla y municipios del Atlántico, que no guardan relación directa con la prestación de los servicios prestados, y por omisiones en el reporte de información al Sistema Único de Información – SUI.
Al anunciar la sanción, la superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Natasha Avendaño García, señaló que: “Esta conducta de la empresa Triple A es considerada como grave, ya que se evidenció que fue realizada de manera continua entre enero de 2013 y octubre de 2017, vulnerando así los derechos de los usuarios, quienes, al pagar las facturas, asumieron cobros indebidos que no tienen que ver directamente con la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. La sanción es ejemplarizante y muestra todo el interés que tenemos en la superintendencia para asegurar el cumplimiento de la regulación y la protección al usuario”.
A esta razón legal, se suma el no reporte de información en el Sistema Único de Información – SUI de la Superservicios, entre 2017 y 2018, también considerada grave porque obstaculizó el adecuado ejercicio de las funciones de vigilancia e inspección que realiza la superintendencia a las empresas prestadoras.
La sanción a Triple A es el resultado de una investigación iniciada en septiembre de 2018 que cumplió todas las etapas procesales, y se fundamentó en los hallazgos encontrados por la Dirección de Investigaciones de la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, en visitas administrativas y recaudo de pruebas.
Ante esta sanción, y en el marco del debido proceso, la empresa puede interponer recurso de reposición que será evaluado por la superintendencia para emitir la decisión final de la investigación. Una vez la decisión se encuentre en firme, la Superservicios definirá las acciones que deba adelantar la empresa en relación con los cobros efectuados para garantizar los derechos de los usuarios.
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