Atención: Gobierno prepara la salida de más de 4 mil presos de las cárceles, por el coronavirus
Abr 15 2020 07:51 am 0
El Ministerio de Justicia publicó esta madrugada el decreto 546 que permitirá la salida de aproximadamente 4 mil reclusos de las cárceles del país para evitar contagios de Covid-19.
La normativa concede la detención preventiva y de prisión domiciliaria transitorias por un periodo de seis meses, en el lugar de su residencia o en que el Juez autorice, a las personas que están cumpliendo medida de aseguramiento de detención preventiva y a las condenadas a penas privativas de libertad.
Estas son las condiciones:
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Personas que hayan cumplido 60 de edad.
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Madre gestante o con hijo menor (3) años de edad, dentro de los establecimientos penitenciarios.
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Personas en situación de internamiento carcelario que padezcan cáncer, VIH e insuficiencia renal crónica, diabetes, insulinodependientes, trastorno pulmonar, anticoagulación, hepatitis B y hemofilia, artritis reumatoide, enfermedades tratadas con medicamentos inmunosupresores, enfermedades coronarias, personas con trasplantes, enfermedades autoinmunes, enfermedades huérfanas y cualquier otra que ponga en grave riesgo la salud o la vida del recluso, conformidad con la historia clínica del interno y la certificación expedida por sistema general de seguridad en salud al que pertenezcan (contributivo o subsidiado) o personal médico del establecimiento penitenciario y carcelario, cuando se encuentren a cargo del Fondo Nacional Salud la persona privada la libertad.
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Personas con movilidad reducida por discapacidad debidamente acreditada conformidad con la historia clínica del interno y certificación expedida por el sistema general de seguridad social en salud que pertenezca (contributivo o subsidiado) o personal médico del establecimiento penitenciario y carcelario, cuando se encuentren a cargo del Fondo Nacional de Salud del privado de la libertad. e) Personas condenadas o que se encontraren con medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento penitenciario y carcelario por delitos culposos.
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Condenados a penas privativas de la libertad de hasta cinco (5) años prisión.
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Quienes hayan cumplido el cuarenta por ciento (40%) la pena privativa de libertad en establecimiento penitenciario, atendidas redenciones a que se tiene derecho.