Confirman fallo de tutela a favor de las curules de paz

Dic 19 2017 12:11 pm 0
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A pocas horas de que se conociera el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que dio por aprobadas las circunscripciones especiales de paz, este martes se conoció el fallo de fondo de una tutela que le ordena al Senado de la República publicar al acto legislativo en la gaceta del Congreso para sea sujeto de control único de la Corte Constitucional.

“Modificar la medida cautelar, proferida el 11 de diciembre, en el sentido de ordenar al secretario general y al presidente del Congreso de la República que, de manera inmediata, se inserte en la gaceta del Congreso el acto legislativo 17 de 2017, por medio del cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes en los períodos  2018-2022 y 2022-2026”, señala el fallo proferido por el Juzgado 16 Administrativo de Oralidad  del Circuito Judicial de Bogotá.

Asimismo, y como primera medida, pide amparar el derecho a la participación política de Róbinson López Descanse, principal accionante, y el derecho a la representación de Osnay Cuesta Mena, Faustino Rocha, Juana Lucía Alegría y Cristian Mena Arboleda.

El pasado 11 de diciembre, cuando se admitió la tutela de López, se dictó la medida cautelar que ordenaba al presidente del Senado, Efraín Cepeda, a enviar el proyecto a la Presidencia para que sea sancionado.

De acuerdo con el documento, de 86 páginas, los accionantes presentaron amparo constitucional al considerar que se vulneraron sus derechos a la paz, a la participación en las decisiones que los afectan, a la participación en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación. El fallo podrá ser impugnado en los tres días siguientes a su notificación. En caso de que no sea impugnado, será remitido a la Corte Constitucional para su revisión.

Por otra parte, antes de que se hiciera pública esta decisión, el Senado, en boza de su secretario general Gregorio Eljach, anunció que se estudiará la impugnación del primer fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. “No sé cómo puede uno mandar a que se promulgue algo que para nosotros no existe, salvo que la última instancia jurisdiccional (el Consejo de Estado) nos dé la orden insalvable”, dijo Eljach en entrevista con Blu Radio.


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