Eduardo Verano podrá otorgar subsidios de vivienda y transferir bienes para desarrollar proyectos de interés social. A sanción del Gobernador pasó el proyecto que modifica el Estatuto Tributario del Departamento.
En segundo debate fue aprobado en la Asamblea del Atlántico, un proyecto de Ordenanza mediante el cual se conceden facultades y autorizaciones a Eduardo Verano para otorgar subsidios familiares de vivienda en especie, y para transferir bienes de propiedad del Departamento que permitan desarrollar en ellos programas de interés social. El proyecto tuvo como ponente a la Diputada Lourdes López, de la Comisión de Salud, Seguridad Social, Vivienda Social, Servicios Públicos, Ecología y Medio Ambiente.
López destacó la importancia de esta iniciativa para las personas que aún no tienen vivienda en el Atlántico; e indicó que el proyecto tiene su origen en lasOrdenanzas No. 000344, que faculta al Gobernador para adquirir los lotes y No. 000375, que le autoriza a suscribir convenios para ejecutar los proyectos y obras. El Gobernador Eduardo Verano podrá conceder, a título gratuito, bienes de propiedad del Departamento para vivienda de interés prioritario – VIP y vivienda gratuita.
Un total de 2500 viviendas de interés prioritario -VIP, ubicadas en diez municipios del Atlántico: Baranoa, Campo de la Cruz, Candelaria, Manatí, Polonuevo, Ponedera, Repelón, Sabanalarga, Santa Lucía y Santo Tomás, podrán ser otorgadas a la población desplazada del Departamento, familias damnificadas por la ola invernal, habitantes de zonas de alto riesgo y población perteneciente a la Red Unidos, entre otros.
Al dar ponencia positiva al proyecto, la Diputada manifestó: “Sabemos que es no es absolutamente nada para la cantidad de personas que hoy están en espera de un proyecto del Gobierno nacional, pero creemos que vamos por buen rumbo y que el Gobernador del Departamento del Atlántico va a cumplir con la meta proyectada en vivienda, dentro de su Plan de Desarrollo”.
Estatuto Tributario, a sanción del Gobernador
La Duma Departamental aprobó asimismo, en tercer debate, el proyecto de Ordenanza que modifica parcialmente el Estatuto Tributario del Atlántico y se dictan tras disposiciones. El proyecto había sido aprobado en segundo debate el pasado 16 de noviembre y tiene como fundamentos de derecho la Ley 1845 de julio de 2017 “por medio de la cual se autoriza a las Asambleas Departamentales, a los Concejos Distritales y Municipales para la Emisión de la Estampilla Pro Electrificación Rural y otras, modificando la Ley 1059 del 26 de julio del 2006, que modifica la Ley 23 de enero 24 de 1986”
La estampilla es un recurso para contribuir a la financiación de la universalización del servicio de energía eléctrica rural en todo el país, especialmente en zonas de difícil acceso y/o para proyectos que propendan el uso de energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional, en zonas rurales de los departamentos, distritos y municipios. Según la Ley, las Asambleas Departamentales, Concejos Distritales y Municipales determinarán el empleo, las tarifas sancionatorias y demás asuntos relacionados con el uso obligatorio de esta estampilla. La tarifa contemplada en esta ley no podrá ser inferior a lo efectivamente recaudado en el último año. El valor anual de su emisión será hasta el diez por ciento (10%) del presupuesto departamental, distrital o municipal, según el caso y, su emisión es por el término de 20 años.
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