La Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) indicó que el horario de atención será de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. para las notarías que se encuentren ubicadas en clima cálido y templado, y de 10:00 a.m. a 3:00 p.m. para las que estén en clima frío.
La Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) dispuso que a partir de esta semana, todas las notarías del país presten sus servicios de lunes a viernes, y ajustó los horarios de atención de acuerdo con las condiciones climáticas en donde se encuentre cada oficina.
En este contexto, la SNR indicó que el horario de atención será de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. para las notarías que se encuentren ubicadas en clima cálido y templado, y de 10:00 a.m. a 3:00 p.m. para las que estén en clima frío. Además, también prestarán el servicio los días sábado, pero a través de turnos.
Con respecto al servicio notarial en el aeropuerto internacional El Dorado, de Bogotá, la entidad señaló que este se presta de lunes a domingo, a través de la Notarías 79, que abrirá de 1:00 p.m. a 6:00 p.m., y la Notaría 80, que atenderá de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
Además, la SuperNotariado reiteró que la atención al público se prestará con base en los lineamientos de bioseguridad con motivo de la Emergencia Sanitaria por covid-19.
En tal sentido, las notarías determinaron que al interior de sus instalaciones no puede haber más de cinco personas realizando sus trámites y que los demás usuarios deberán esperar afuera, a la espera de que ellos terminen sus diligencias.
Asimismo, los notarios mayores de 60 años podrán prestar el servicio a través de un delegado. Las instalaciones deberán estar en adecuadas condiciones de higiene y limpieza, procurando el flujo de ventilación constante.
Radicación remota de escrituras públicas
Por otra parte, la Superintendencia también habilitó puntos de radicación remota no presencial de escrituras en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP) de Barranquilla, Cali, Cartagena, Bucaramanga, Medellín Zona Norte y Medellín Zona Sur.
La implementación de la radicación remota de escrituras públicas, adoptada por la SuperNotariado, aplicará sólo para inmuebles inscritos en los círculos registrales de las ORIP habilitadas. Además, no podrán radicarse instrumentos públicos diferentes a actos sujetos a registro que hayan sido proferidos por las notarías igualmente facultadas.
De forma paralela, la entidad anunció que el aplicativo de ‘Radicación Electrónica – Rel’ funcionará sin restricciones en las tres ORIP de Bogotá (Zona Centro, Zona Norte y Zona Sur), así como en las 80 notarías de la capital del país y en las ocho localizadas en los municipios aledaños.
Entre tanto, las 293 notarías que cuentan con el aplicativo ‘Liquidador de Derechos de Registro – VUR’ pueden enviar los documentos respectivos a través de los correos electrónicos definidos para tal fin. Esto, siempre y cuando se trate de inmuebles inscritos en alguna de las seis oficinas avaladas.
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