El Área Metropolitana de Barranquilla, habilitada recientemente como gestor catastral mediante Resolución 602 del 25 de junio de 2020, avanza en el proceso de empalme con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi y se prepara para iniciar la prestación del servicio público de catastro con enfoque multipropósito en los municipios de Galapa, Malambo y Puerto Colombia, a partir del 31 de octubre de 2020.
El propósito es prestar el servicio con estándares de calidad y oportunidad a través de la implementación de acciones coordinadas con los municipios que hacen parte de su jurisdicción, iniciando con procesos que permitan identificar e incorporar a la base catastral desarrollos inmobiliarios en el área urbana y/o rural y las respectivas zonas de expansión, que no estaban incluidos.
Con una ambiciosa estrategia de difusión, la entidad empieza una ronda de reuniones con los secretarios de Hacienda y Planeación de los municipios en mención.
En el encuentro, que tuvo lugar en el salón Perla de Combarranquilla Country, se dieron los primeros pasos para la planeación de los procesos catastrales de conservación y actualización catastral que el AMB pretende adelantar en los meses de noviembre y diciembre de 2020, y en la vigencia 2021.
“El AMB, como gestor catastral, quiere prestar un servicio público diferencial, que se convierta en una herramienta para el desarrollo regional, las políticas públicas y el ordenamiento territorial. Somos conscientes de la necesidad de adelantar prontamente procesos catastrales que nos permitan tener un catastro acorde con las dinámicas inmobiliarias de cada uno de los municipios que hacen parte de la jurisdicción del AMB, incluyendo las nuevas construcciones o los cambios físicos, jurídicos y económicos de la propiedad inmueble que no figuran en la base gravable catastral y que permitirán, entre otros, fortalecer las finanzas municipales en la próxima vigencia fiscal”, sostuvo el director de la entidad Libardo García Guerrero, quien agradeció la presencia de los municipios metropolitanos.
Con la habilitación como gestor catastral, el AMB tiene la obligación legal de adelantar las labores de conservación y actualización catastral dentro de su jurisdicción y la de prestar el servicio en forma continua y eficiente, garantizando los recursos físicos, tecnológicos y organizacionales que sean necesarios, según lo establece el Decreto 148 de 2020.
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