Alcaldía prorrogó decreto que regula circulación de motos en Barranquilla

Jun 30 2018 01:48 pm 0
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Los permisos de circulación expedidos hasta el 30 de junio de 2018 tendrán vigencia hasta el 31 de agosto de 2018. Los permisos en la zona Centro sólo son válidos entre 7:00 am y 7:00 pm. (Sin acompañante). Solo el propietario del vehículo puede conducir en el horario nocturno (11:00 pm a 5:00 am del día siguiente). Se pueden inscribir hasta 8 acompañantes aparte de la compañera e hijos.

 

El Distrito de Barranquilla, en cumplimiento de las normas legales que regulan el uso de motocicletas y motocarros, prorrogó hasta el 30 de junio de 2019, a través del Decreto distrital N° 0185, la vigencia del Decreto 0452 de junio 27 de 2017  “Por medio del cual se adoptan medidas que regulan la circulación de motocicletas y  motocarros en el Distrito Especial y Portuario de Barranquilla”.

Se prorrogan las medidas, para seguir ejerciendo el control de la circulación de este tipo vehículos para proteger la vida de conductores, pasajeros y peatones, y disminuir los niveles de accidentalidad, muertes y heridos que afectan a personas que utilizan estos vehículos como medio de transporte.

LAS MEDIDAS SON:

·         Prohibición de circulación de motos en el horario nocturno: Prohíbase la circulación y/o tránsito de motocicletas en horario nocturno, en Barranquilla durante todos los días de la semana en el siguiente horario: de 11:00 de la noche hasta las 05:00 de la mañana del día siguiente.

 

·         Excepción: los conductores que figuren como propietarios del vehículo en la licencia de tránsito, podrán circular con acompañante en este horario, siempre y cuando el acompañante sea de los autorizados.

·         Acompañante autorizado: El propietario del vehículo podrá incluir como acompañante a su esposa(o) y/o compañera(o) permanente e hijos  y hasta 8 personas adicionales (Información que deben radicar en la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial o registrar en la página web: http://www.barranquilla.gov.co/transito/


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