Ofrecen descuento del 70% en sanción e intereses para impuesto vehicular en Atlántico

May 5 2019 08:45 am 0
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Hasta el 8 de julio hay plazo para pagar el impuesto sobre vehículos automotores de 2019 y evitar la sanción de $343.000.

 

Los propietarios y poseedores de vehículos automotores particulares, deudores de impuestos de años anteriores a 2019, tienen la oportunidad de acceder a descuentos especiales en intereses y sanciones que otorga el Departamento del Atlántico.

Estos beneficios tributarios se dan en el marco de las facultades otorgadas por la Ley de Financiamiento y los Decretos 000117 y 000119 de 2019, para los contribuyentes deudores de impuestos, tasas y contribuciones, siendo está una gran oportunidad para que los ciudadanos atiendan sus obligaciones con importante reducción de intereses moratorios y sanciones, originadas en procesos de fiscalización y sancionatorios.

Los descuentos se concederán por un determinado tiempo y no aplica en forma general para todos los contribuyentes deudores, sino que depende de la etapa procesal en que se encuentre la obligación tributaria.

El 70 % de descuento en sanción e intereses para impuesto sobre vehículos automotores aplica para deudas de los periodos 2015 y 2016, actualmente en etapa de fiscalización. Para obtener este beneficio, el contribuyente debe pagar el 100 % del impuesto, el 30 % de las sanciones e intereses y la liquidación de la vigencia 2018 correspondiente al impuesto objeto de transacción. El plazo final para cancelar es el 31 de octubre de 2019.

Para los años 2004 a 2014, así como para los años 2017 a 2018, el beneficio está dado en la aplicación de la tasa de interés corriente más dos puntos, en lugar de la tasa de usura menos dos puntos que rige para las obligaciones tributarias. El plazo para cancelar con este cambio en la tasa de mora es hasta el 28 de junio de 2019.

El gobernador Eduardo Verano De la Rosa manifestó que esta es la ocasión propicia para que las personas que no han pagado los impuestos en años anteriores se pongan al día con el significativo descuento.

“Es una oportunidad única que debe ser aprovechada por todos los que están en mora para evitar el cobro coactivo, e inclusive, la inmovilización del vehículo por parte de las autoridades. Con estos beneficios tributarios el Estado nos ha entregado una herramienta para fortalecer el recaudo”, dijo el mandatario.

El secretario de Hacienda Departamental, Juan Carlos Muñiz, instó a propietarios y poseedores de vehículos automotores particulares y motos con más de 125 cc, para que liquiden y paguen hasta el 8 de julio el impuesto sobre vehículos automotores de 2019 y eviten así la sanción de $343.000.

Hizo también una invitación a que la ciudadanía atlanticense traslade la cuenta de su vehículo matriculado en otro departamento y reciba un descuento del 50 % en el impuesto correspondiente al año 2020.

“Este año vamos bien en recaudo de impuesto vehicular, alcanzamos un crecimiento del 17 % en el primer trimestre de 2019 y esperamos continuar con esa tendencia. La meta es captar $45.000 millones al finalizar la vigencia”, resaltó.

El funcionario indicó que para aumentar el recaudo general de impuestos la secretaría de Hacienda está realizando una mayor fiscalización y campañas para mejorar la cultura tributaria.

OTROS IMPUESTOS

“Los departamentos del país vienen siendo afectados por regulaciones nacionales como el Código de Policía, que ha disminuido el consumo de cervezas y, por ende, los ingresos por impuestos generados de ese rubro, de hecho, tenemos dos años que no crecemos en este recaudo, disminuyendo los ingresos en cerca de 15 mil millones anuales”, señaló el secretario de Hacienda Departamental.

A lo anterior se suman fallos de tribunales de justicia que han quitado ingresos generados por estampillas, lo que afecta el presupuesto para inversiones en infraestructura educativa y deportiva, principalmente.

“Desde el punto de vista presupuestal tenemos todo controlado gracias a que hicimos un presupuesto general conservador. El llamado a los contribuyentes es a que paguen sus impuestos a tiempo, ya que las obras son fruto de esas contribuciones. Son más de 400 obras las que está ejecutando el gobernador Verano en estos cuatro años de gobierno, lo que redunda en progreso para el Atlántico y disminución de los niveles de pobreza”, puntualizó el funcionario

BENEFICIOS TRIBUTARIOS

Para información de la comunidad, se hace saber que las normas tributarias establecen estas modalidades de beneficios a los contribuyentes:

* Terminación por mutuo acuerdo en procesos de fiscalización: se aplica a contribuyentes a quienes se les haya notificado liquidación oficial o la resolución que resuelve el correspondiente recurso, por concepto de tributos distintos al impuesto sobre vehículos automotores.

Se da la terminación por mutuo acuerdo en el proceso de fiscalización (determinación de obligaciones), transando el 80% de los intereses y el 80% de las sanciones por omisión e inexactitud.

Para obtener este beneficio el contribuyente debe corregir la declaración privada,  pagar el 100% del impuesto a cargo o del saldo a favor y el 20% de las sanciones, intereses y actualizaciones.

* Terminación por mutuo acuerdo en procesos sancionatorios: si se trata de un proceso sancionatorio por no envío de información, la exoneración corresponderá al 50% del valor de la sanción.  El sancionado deberá  pagar el 50% de la sanción actualizada propuesta o determinada.

Conciliación de procesos contenciosos administrativos en materia tributaria: aplica a los contribuyentes que antes del 28 de diciembre de 2018 hayan presentado demanda contra las actuaciones de fiscalización y sancionatorias adelantadas por la administración tributaria departamental.

La solicitud de conciliación deberá presentarse a más tardar el 30 de septiembre de 2019. La conciliación de los procesos judiciales contra actos de fiscalización establece la exoneración del 80% de intereses y sanciones actualizadas cuando el proceso esté en primera o única instancia y, del 70% de los intereses y sanciones actualizadas cuando el proceso se encuentre en segunda instancia.

Si la demanda es contra resolución o acto administrativo mediante el cual se imponga sanción dineraria de carácter tributario en las que no se discutan impuestos o tributos, la exoneración es del 50% de las sanciones por omisión e inexactitud en cualquier instancia del proceso.

Para disfrutar del anterior beneficio, el obligado deberá realizar, entre otros, el pago de la obligación a más tardar el 30 de septiembre de 2019.

Para información adicional sobre cómo aplican los descuentos, puede ingresar a www.atlantico.gov.co


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