Superservicios ordena dar inicio a liquidación de Electricaribe

Mar 24 2021 08:26 pm 0
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La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios expidió la Resolución 20211000011445 del 24 de marzo de 2021, mediante la cual se ordena la liquidación de la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P – Electricaribe, teniendo en cuenta que, una vez finalizado con éxito el esquema de solución empresarial a largo plazo que garantiza la continuidad en la prestación del servicio de energía y la entrada de dos nuevos operadores (Afinia y Air-e) el pasado 1 de octubre de 2020, la entidad consideró que ya están dadas las condiciones que permitirán la culminación de la etapa de administración temporal en la que se encuentra Electricaribe desde marzo de 2017 y, en consecuencia, se da paso al proceso de liquidación.

Durante la toma de posesión, Electricaribe se mantuvo al día en el pago de sus obligaciones corrientes asociadas a la compra de energía, al igual que la ejecución de inversiones prioritarias con el fin de mejorar la prestación de este servicio. Cabe señalar que en el periodo de intervención, la empresa recibió apoyo financiero otorgado por el Fondo Empresarial de la Superservicios por el orden de los $6,1 billones los cuales se derivaron de recursos propios del fondo; créditos bancarios garantizados por la nación y créditos de tesorería otorgados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Asimismo, una parte de los recursos corresponden a autorizaciones dadas por el Gobierno Nacional mediante los documentos Conpes (Consejo Nacional de Política Económica y Social) 3875 de 2016, 3910 de 2017 y 3933 de 2018.

Sobre el tema, la superintendente Natasha Avendaño García manifestó que: “En esta etapa estamos poniendo punto final a cuatro años de administración temporal de Electricaribe y, a partir de ahora, en el marco de su intervención, hay 24 meses de plazo para adelantar la liquidación de la empresa. En este proceso se establecerán los activos disponibles, así como sus acreencias con el fin de proceder al pago de las mismas hasta donde la disponibilidad de recursos lo permita, tal como lo contempla el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el Decreto 2555 de 2010. Estamos culminando un ejercicio que nos encomendó el presidente Iván Duque y en el que se tomaron trascendentales decisiones de manera conjunta entre el gobierno y la comunidad, con el fin de que todos los ciudadanos de esta zona del país tuvieran un servicio de calidad, con todas las garantías de inversión a corto, mediano y largo plazo”.

 

¿Qué sigue en el proceso de liquidación?

 

●    Con la expedición de esta resolución, se establecerán los activos disponibles y las acreencias que tenga Electricaribe, para proceder con el pago de las mismas, hasta donde la disponibilidad de recursos lo permita, tal como lo establece el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el Decreto 2555 de 2010.

●      La Superservicios designó a Ángela Patricia Rojas Combariza, como agente liquidadora de Electricaribe, quien será la responsable de adelantar el proceso liquidatorio, incluyendo  el emplazamiento a los acreedores, la determinación de los pasivos, la valoración de los activos del inventario y su enajenación; la atención de reclamaciones y el desarrollo del cierre contable de la empresa, entre otros.

●   Notificada la orden de liquidación, se dará aviso a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para que retire a Electricaribe la calidad de agente retenedor y/o autorretenedor de impuestos administrados por esta entidad, entre otras medidas que ordena la Ley

●    Una vez concluidas las etapas del proceso liquidatorio, la liquidadora enviará notificación a la Cámara de Comercio del domicilio de Electricaribe para que se proceda en la cancelación de su personería jurídica.

 

La resolución fue expedida en Bogotá, los detalles de su contenido serán publicados en un diario de amplia circulación nacional, así como su inscripción en la Cámara de Comercio del domicilio de Electricaribe; tan pronto culmine el proceso de liquidación terminará la existencia legal de la empresa.


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