En línea se pueden tramitar los permisos de cargue y descargue en Barranquilla
May 15 2020 05:40 pm 0
Para facilitar a la ciudadanía la realización de sus trámites en estos momentos de emergencia sanitaria por el Covid-19, la Alcaldía de Barranquilla, a través de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, informan a la ciudadanía que, a partir del lunes 18 de mayo de 2020, se implementará el trámite de permiso de cargue y descargue en línea.
PARA REALIZAR EL TRÁMITE EN LÍNEA SE DEBE REALIZAR EL SIGUIENTE PASO A PASO:
1. Ingresar a la página web de la Secretaria de Tránsito y Seguridad Vial: http://www.barranquilla.gov.co/transito/
2. Busca el enlace pagos en línea y hacer clic.
3. Saldrá la opción pago de permisos
4. Si es la primera vez que ingresa a nuestro portal en línea debe hacer clic en el botón registrar, allí debe diligenciar sus datos para la creación de su usuario y luego hace clic en el botón guardar.
5. Al correo electrónico que haya diligenciado en el paso 4, le llegará una contraseña temporal. Al momento de ingresar al portal con su correo electrónico y la contraseña le solicitará cambio de esta.
6. En caso de que ya tenga usuario creado en nuestros portales, ingresará con el correo electrónico registrado y la contraseña y le dará clic al botón iniciar sesión.
7. Para hacer una solicitud nueva, hacer clic sobre la opción del menú “Mis solicitudes”
8. Crear una nueva solicitud web y luego “CARGUE Y DESCARGUE”.
9. Aparecerá un formulario con la información necesaria para solicitar el permiso. Si es persona natural le aparecerán los datos del solicitante y datos de contacto en modo informativo. Si es persona jurídica deberá diligenciar los datos del contacto: nombres, apellidos y correo electrónico.
10. Debe seleccionar el tipo de permiso mercancía o materiales de construcción. Además, diligenciar datos adicionales del permiso: dirección, proyecto, ubicación de actividades. Si el permiso es de cargue y descargue de mercancías, deberá indicar si es para un establecimiento o un vehículo.
11. En fechas, debe seleccionar si son fechas consecutivas o fechas no consecutivas.
Tener en cuenta:
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Fechas consecutivas, seleccionar vigencia desde y vigencia hasta, además los días de la semana en los horarios requeridos (Ejemplo: 8:00 am – 5:00 pm).
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Fechas no consecutivas, seleccionar en el calendario cada fecha, diligenciar el horario (Ejemplo: 8:00 am – 5:00 pm) y botón agregar.
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El horario diurno está comprendido entre 6am-8pm, y el nocturno entre 8pm-6am.
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Las fechas y horarios estarán sujetos a un análisis técnico para su aprobación.