La Metropolitana de Barranquilla presenta un balance preliminar de los primeros 100 días de aplicación del Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia de forma pedagógica en la ciudad de Barranquilla y su área Metropolitana, cuyo objetivo principal ha sido el de mantener las condiciones necesarias para la convivencia y de seguridad de todos sus habitantes.
Desde el pasado 30 de enero del presente año, hemos venido socializando a la comunidad sobre los alcances de este nuevo Código de Policía, para ello se han realizado comparendos pedagógicos que han contribuido significativamente en la prevención de hechos delictivos y de convivencia, reportando los siguientes resultados:
-Se han realizado durante estos primeros 100 días 9.920 comparendos pedagógicos en toda el área Metropolitana de Barranquilla, los cuales según los municipios se distribuyen así:
-En Barranquilla: 8.266
-En Soledad: 821
-Malambo: 367
-Galapa: 276
-Puerto Colombia: 190
Una de las localidades con mayor número de comparendos es la del Norte y centro de la ciudad de Barranquilla con 2.678 acciones correctivas, seguida de la localidad suroriente con 2.230 y suroccidente con 1.991, la de menor incidencia ha sido la localidad de Riomar con 779 comparendos pedagógicos.
Del mismo modo entre los comportamientos más recurrentes durante estos 100 primero días de aplicación del CNPC (Código Nacional de Policía y Convivencia) tenemos los siguientes:
-Articulo 140 Numeral 7: Consumir sustancias alucinógenas o alcohólicas en vía pública con 3.320 comparendos.
-Articulo 27 Numeral 1, 2, 3,4: Reñir o incitar a confrontaciones violentas: 1.020comparendos.
-Articulo 35 Numeral 1: Irrespetar a las autoridades con 655 comparendos
-Articulo 140 Numeral 8: Portar sustancias prohibidas en espacio público con 449comparendos.
-Articulo 33 Numeral 2 Literal C: Consumir sustancias alcohólicas psicoactivas o prohibidas no autorizados para su consumo, 243 comparendos
-Articulo 35 Numeral 2: Incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de policía, 345 comparendos.
-Articulo 35 Numeral 3: Impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización por parte de autoridad de policía, 324comparendos.
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