La medida busca facilitar el acceso y, sobretodo, la permanencia de los estudiantes.
La congresista atlanticense Martha Villalba, junto con los representantes Emeterio Montes, Milene Jarava y Ciro Rodríguez, radicaron el proyecto de ley “por medio de la cual se modifica el artículo 122 de la ley 30 de 1992”, el cual busca adoptar una serie de medidas para facilitar el acceso y, sobretodo, la permanencia de los estudiantes en las instituciones de educación superior (IES) en Colombia.
“La iniciativa prevé, en primer lugar, que los derechos pecuniarios que pueden exigir las instituciones de educación superior, entiéndase derechos de inscripción; de matrícula; derechos por realización de exámenes de habilitación, supletorios y preparatorios; derechos por la realización de cursos especiales y de educación permanente; derechos de grado y derechos de expedición de certificados y constancias, tengan una regulación específica en pro a la población estudiantil”, indicó la congresista.
En las IES de carácter público, el valor que se fijará respecto a los derechos pecuniarios se deberá establecer a partir de una evaluación socioeconómica, el cual además deberá informarse al Ministerio de Educación para efectos de inspección y vigilancia.
Por su parte, en las IES de carácter privado, el valor que se fijará frente a estos derechos no podrá incrementar sino hasta el 10% del valor de la matrícula.
Ambos tipos de instituciones de educación superior, privadas y públicas, podrán exigir derechos denominados complementarios, pero su valor no podrá exceder el índice de inflación del año inmediatamente anterior.
En segundo lugar, frente al derecho de grado, por tratarse de un derecho inherente al logro académico alcanzado por la culminación de un programa de formación universitaria, no podrá superar el costo real de elaboración del respectivo diploma con las medidas de seguridad y protección debidas. Si se incluye costo de ceremonia, este deberá ser justificado en términos proporcionales a cada uno de los titulares del derecho.
La iniciativa también establece que el incumplimiento a lo dispuesto en el articulado por las instituciones de Educación Superior de carácter Privado dará lugar a las acciones administrativas y a la imposición de las sanciones a que se refiere la Ley 1740 de 2014.
Finalmente, sobre el valor del recargo del costo de la matrícula, cuando esta se haga en forma extraordinaria, no podrá exceder el 10%. La matrícula ordinaria, por su parte, tendrá un plazo de 20 días calendario para su pago a partir del momento en que se expida el respectivo recibo.
Con todo lo anterior, se trata entonces de una propuesta congresional que no vulnera la autonomía universitaria, toda vez que no se elimina ninguna prerrogativa que hoy en día tienen las IES, sino que por el contrario procura la eliminación de barreras socioeconómicas que no permiten la eficacia del derecho a la educación.
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