La sala penal del Tribunal Superior de Barranquilla ordenó suspender la orden de desalojo de la vivienda donde actualmente Enilce López alias La Gata, está cumpliendo prisión domiciliaria. “Tutelar los derechos fundamentales de la dignidad humana, a la vida, salud, igualdad y vivienda digna, vulnerados por la Fiscalía, la Sociedad de Activos Especiales que en el proceso de extinción de dominio ordenó el desalojo”, señala la decisión.
El pasado primero de febrero el juez sexto de Ejecución de Penas de Barranquilla le ordenó a la Sociedad de Activos Especiales hacer efectiva una orden de extinción de dominio contra el inmueble,ubicado en la calle 59 A # 91 – 42, de Barranquilla (Atlántico) la cual estaba vigente desde 2014, “en virtud de la presente diligencia se declara legalmente secuestrado el inmueble antes descrito y se informa que sobre este bien también se ordenaron las medidas cautelares de embargo y suspensión del poder dispositivo”, informó la Fiscalía en su momento.
Por su parte el juez aclaró que nunca tuvo conocimiento de la medida cautelar que tenía la casa en la que ordenó la prisión domiciliaria para La Gata, “no encuentra el despacho comunicación alguna anterior a la que ahora ocupa nuestra atención, proveniente de algún fiscal o funcionario de la SAE, donde se ponga de presente que el bien inmueble donde se concede la prisión domiciliaria tenga alguna medida cautelar”.
En este proceso también está pendiente el traslado de La Gata a un centro de reclusión, esto después de que un juez de Barranquilla acogió los argumentos de la Procuraduría, y ordenó su traslado a un centro penitenciario “ se presentaron mejoras considerables en su estado de salud y no presenta un estado grave por enfermedad, condición que no es incompatible con la vida en reclusión siempre y cuando se le garanticen los cuidados mínimos que requiere para su condición clínica de base”.
En la decisión se aclara que de no existir al interior del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) un sitio de reclusión en la cárcel El Bosque que cumpla con las recomendaciones de los médicos tratantes, se supedite el traslado de la Gata hasta tanto no se adecué dicho lugar. Por su parte, Medicina Legal deberá practicarle cada tres meses un dictamen médico forense “para verificar las condiciones de salud de la condenada”.
Enilce López, está condenada a 37 años de prisión, de los cuales ha pagado 11, por su responsabilidad en el crimen del vigilante Amaury Fabián Ochoa Torres. Por este homicidio, ocurrido en el 2000.
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